Cinco Datos Que Debe Saber Sobre Salida Voluntaria

¿Qué es la partida voluntaria?

La partida voluntaria ocurre cuando sale de los EE. UU. Por su cuenta utilizando su propio dinero, si no se encuentra disponible para usted ninguna forma de reparación (como el asilo o la cancelación de la eliminación). Debe solicitar al juez de inmigración o al Departamento de Seguridad Nacional ("DHS") que le otorgue la salida voluntaria.

 

 
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1. ¿En qué se diferencia la salida voluntaria de la deportación?

La deportación ocurre cuando el DHS lo saca de los Estados Unidos al país de su ciudadanía, ya sea que desee ser destituido o no, mientras que la salida voluntaria ocurre cuando recibe permiso para irse por su cuenta.

La salida voluntaria es generalmente una mejor opción que ser retirado; sin embargo, tanto una orden de deportación como una salida voluntaria tienen consecuencias en su capacidad para regresar a EE. UU.

 

2. ¿Cuáles son las consecuencias de ser deportado versus tomar una salida voluntaria?

Consecuencias de ser deportado si fue arrestado AL llegar a los EE. UU.

Existen diferentes consecuencias dependiendo de si el DHS lo arrestó a su llegada a los EE. UU. O después de su llegada a los EE. UU. Si el DHS lo arrestó en un puesto fronterizo mientras intentaba ingresar a los Estados Unidos, o en un aeropuerto o puerto internacional y usted es expulsado de los Estados Unidos, no puede regresar a los Estados Unidos durante los siguientes períodos de tiempo sin el consentimiento previo de DHS:

  • Si esta es su primera extracción: no puede regresar durante 5 años.
  • Si le quitaron en el pasado: no puede regresar durante 20 años.
  • Si ha sido condenado por un delito grave con agravantes: tiene prohibido regresar.

 

Consecuencias de ser deportado si fue arrestado DESPUÉS de su llegada a los EE. UU.

Si el DHS lo arrestó dentro de los Estados Unidos después de que ingresó a los Estados Unidos y es expulsado, existen diferentes períodos de tiempo en los que no puede regresar legalmente a los Estados Unidos a menos que obtenga el consentimiento previo del DHS:

  • Si esta es su primera extracción: no puede regresar durante 10 años.
  • Si lo han eliminado en el pasado: no puede devolver 20 años.
  • Si ha sido condenado por un delito grave con agravantes: tiene prohibido regresar.

 

Consecuencias de abandonar los EE. UU. En salida voluntaria después de vivir en los EE. UU. Ilegalmente durante más de 180 días pero menos de un año

No puede regresar legalmente a los Estados Unidos durante tres años sin el consentimiento previo del DHS si:

  • Ha estado continuamente en los EE. UU. De forma ilegal durante más de 180 días, pero menos de un año y;
  • Recibe una salida voluntaria del DHS o se va voluntariamente por su cuenta y;
  • Su salida voluntaria ocurre antes de que reciba el papel con sus cargos llamado "Aviso de comparecencia" y antes de las audiencias con el Juez de Inmigración. Nota: si ha estado en los EE. UU. Ilegalmente durante más de 180 días, pero menos de un año y recibe una baja voluntaria del juez, este período de tres años para regresar a los EE. UU. No se aplica.

 

Consecuencias de salir de EE. UU. Bajo una salida voluntaria después de vivir en los EE. UU. Ilegalmente por un año o más

No puede regresar a los Estados Unidos legalmente por diez años si:

• Se retira bajo una orden de salida voluntaria del DHS o del Juez o se marcha voluntariamente por su cuenta; y

• Su salida ocurre antes de ser colocado en procedimientos de inmigración o en un proceso de inmigración; y

• Ha estado en los Estados Unidos continuamente durante 1 año o más de forma ilegal.

 

3. ¿Alguien puede pedir una salida voluntaria?

No. No todos califican. Si el DHS lo ha acusado como un delincuente agravado y el Juez de Inmigración acepta que el cargo es correcto, no será elegible para solicitar la salida voluntaria.

 

4. ¿Cómo puedo solicitar la salida voluntaria y a quién puedo preguntar?

No necesita presentar ningún documento o formulario para solicitar la salida voluntaria. Antes de que vea a un juez, puede solicitar la salida voluntaria del DHS. También puede solicitar la salida voluntaria en su audiencia ante el juez.

 

5. ¿Quién pagará mi vuelo de regreso?

Debe pagar su propio vuelo de regreso a su país de ciudadanía si se le concede la salida voluntaria.

 

¿Más Preguntas?

Coordine una cita para una consulta en nuestra oficina. Nuestra oficina está localizada al: 200 University Avenue W., Suite 200, St. Paul, MN 55103. Se pude comunicar con nosotros al

651-771-0019.

El Primer Paso de la Visa-U: La Certificacion

Si eres víctima de un crimen en los Estado Unidos, es posible que seas elegible para aplicar para la Visa-U. La Visa-U puede resultar en un estatus de inmigración temporal incluyendo un permiso de trabajo, un estatus de inmigración temporal para ciertos miembros de la familia de la víctima y/o la residencia permanente en los Estados Unidos.

El primer paso en obtener la Visa-U es recibir la Certificación de la Visa-U.
Abajo hay cinco pistas para obtener la firma en la certificación de la Visa U.

 
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1. ¿La victima de cualquier crimen puede calificar para la Visa-U?

No. Para obtener la firma de la certificación de la Visa- U, la víctima tuvo que ser víctima de un crimen específico que califica para la Visa U. Actualmente, algunos de los crimines que califican son: violencia doméstica, asalto, secuestra, violación, y asalto sexual. Estos son solo algunos de los crímenes, por eso es importante hablar con una abogada para ver si tu situación o el crimen de la cual fuiste victima califica para la Visa-U.

2. ¿Qué pasa si fui la víctima de un crimen que ocurrió hace mucho tiempo?

No hay un requisito que un individual tuvo que ser víctima de un crimen reciente. Con total que la víctima  fue víctima de un crimen que califica, hay un reporte policial sobre el incidente, y que la víctima asistió y coopero con la investigación es probable que sea elegible.

3. ¿Qué pasa si no reporte el crimen a la policía?

Para ser elegible para la certificación de la Visa-U, el crimen tiene que ser reportada. Si el crimen no fue reportado, aún es posible reportar el crimen después de que ocurrió. Deberías consultar con una abogada para determinar si para su caso en particular sería buena idea reportar el crimen de la cual fuiste víctima.

4. ¿Quién Firma la Certificación de la Visa-U?

Las siguientes autoridades son elegibles para firmar la certificación de la visa u:

  • Cualquiera agencia de ejecución legal federal, estatal o local (incluyendo fiscales y jueces) que tengan la responsabilidad para la detección, investigación, prosecución, o sentencia de un crimen que califica
     
  • Si más de un agencia está involucrada en el caso, cualquiera de ellos puede firmar la certificación para la Visa-U.
     
  • Las autoridades con jurisdicción de investigación criminal como el Servicio  de Protección Infantil, la Comisión de Igualdad de Oportunidades de Empleo y el Departamento de Trabajo también pueden completar la certificación.

5. ¿Que busca el certificante para decidir firmar o no firmar el documento?

Los datos que busca un certificante son; si la personal fue víctima de un crimen que califica para la Visa-U, tienen información sobre el crimen, y de último si es probable que la víctima asistiera con la detección o investigación del crimen o la prosecución y sentencia del agresor.

¿Más Preguntas?

Coordine una cita para una consulta en nuestra oficina para descubrir si eres elegible para empezar el proceso de la Visa U. Nuestra oficina está localizada al: 200 University Avenue W., Suite 200, St. Paul, MN 55103. Se pude comunicar con nosotros al 651-771-0019.

Aquí Viene La Novia/Novio, Matrimonio en Minnesota Aprobado por ICE

¿Sabía que es posible casarse con su pareja mientras él/ella está detenido en ICE en Minnesota? El/La detenido/a, su abogado o alguien que actúe en su nombre pueden solicitar permiso de ICE para casarse. ICE puede aprobar o denegar la solicitud. ICE analizará los hechos individuales de cada solicitud antes de decidir si aprueba o rechaza una solicitud.

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¿Cómo puede un detenido solicitar matrimonio?

La persona que actúa en nombre del detenido puede realizar una solicitud depositando la solicitud en 1 Federal Drive, Suite 1850, Fort Snelling, MN 55111 o por fax al (612) 843-8771. La solicitud debe ser por escrito y debe dirigirse al Oficial Eric O'Denius.

 

¿Qué debería indicar la solicitud?

La solicitud debe:

1. Específicamente expresar que el detenido es legalmente elegible para casarse en el estado donde se encuentra el detenido; e

2.  Incluir una afirmación por escrito del cónyuge deseado de su intención de casarse con el detenido.

La solicitud también debe incluir una copia de una licencia de matrimonio válida del Estado de Minnesota. Cada condado puede tener diferentes reglas para obtener una licencia de matrimonio. Hay reglas específicas que se deben seguir para las personas con antecedentes penales.

 

¿Quién pagará los gastos relacionados con el matrimonio?

El detenido o la persona que actúe en su nombre debe asumir los gastos de la boda. ICE no pagará ningún costo, como los costos de obtener una licencia de matrimonio o el costo de contratar a un funcionario para realizar el matrimonio.

 

¿ICE proporcionará un oficiante para realizar la boda?

No. El detenido, su abogado o alguien que actúe en nombre del detenido tendrán que hacer los arreglos para que un oficiante realice la boda.

 

¿Dónde seria la boda?

En la mayoría de los casos, el matrimonio tendrá lugar en 1 Federal Drive, Suite 1850, Fort Snelling, MN 55111.

 

¿Quién puede venir a la boda?

R: A discreción del Director de la Oficina, Peter Berg, las siguientes personas pueden estar presentes: dos testigos, un oficiante, el abogado y el intérprete.

 

¿Qué se puede traer a la boda?

Una licencia de matrimonio válida, una identificación y un anillo para el compañero no detenido. Todo lo que se le entregue al detenido se le quitará y se almacenará en su propiedad.

 

¿Podemos filmar la boda en video y tomar fotos?

No se permite grabar en video. A discreción del Director de la Oficina, se permite una fotografía.

 

¿Puedo besar a mi pareja en cualquier momento?

A discreción del oficial de ICE, a la pareja se le puede permitir un beso.

 

¿Mi pareja detenida y yo podemos elegir la fecha de la boda?

No. Una vez que la solicitud se envía al Director de la Oficina, la fecha se coordina con el oficial de ICE.

 

La solicitud de mi pareja detenida para casarse fue denegada. ¿Qué podemos hacer?

La persona que actúa en nombre del detenido puede solicitar al Director de la Oficina que reconsidere la denegación de la solicitud de matrimonio.